MOTOCICLETAS QUE PODEMOS CONDUCIR CON EL PERMISO A2



                                


Con la nueva reglamentación en el mundo de las dos ruedas en vigor, el carné A2 limita a sus titulares a vehículos de hasta 48 CV con un peso mínimo de 175 kg en el caso de los motores de gasolina. Pero hay buenas noticias en forma de un enorme despliegue de modelos.

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  • PISTAS  DE PRACTICAS, EXAMEN EN JACA 
El nuevo Reglamento General de Conductores, en vigor desde el pasado 8 de diciembre, re ordena nuevo título A2, que tiene por misión un acceso progresivo a los vehículos de este tipo de gran cilindrada. Afortunadamente, y al contrario de lo que anunciaban algunas   fuentes, no los limita a 400 cc, de modo que el abanico de modelos al alcance es mucho mayor, pues no son pocos los que pueden adaptarse al límite impuesto de 48 CV.
YAMAHA T.MAX 500 cc PERMISO A2
El acceso a la conducción de motocicletas y fija como gran novedad el 
¿Qué carnés para moto hay ahora?
Son tres: A1, con el que se pueden llevar scooter y motocicletas de hasta 125 cc con una edad mínima de 16 años; A2, para el que hay que tener al menos 18 años, con un máximo de 47,6 CV que no deriven de motos de más del doble de esa potencia; y A, motos sin límite de potencia, con una edad mínima de 20 años y posesión del A2 con al menos dos años de antigüedad, además de superar una prueba de formación.
Del mismo modo, la legislación estableció en su momento  cambios en la licencia para ciclomotores, desde ahora conocida como AM, y para el que se fija un mínimo de 15 años de cara a su obtención, uno más que antes, con una prueba teórica, otra práctica y, atención, un mínimo de 18 años para llevar pasajero
¿Cómo se obtienen?
Para la obtención de cada carné es obligatoria una prueba teórica, otra en circuito cerrado de habilidad sobre el vehículo. La practica consiste en pasar por una plancha, y sortear cinco jalones.
¿Qué pasa con los carnés obtenidos con anterioridad?
Los permisos y licencias obtenidos antes de la entrada en vigor del nuevo reglamento continúan siendo válidos en las condiciones en las que fueron expedidos mientras estén en vigencia.
¿Qué tipo de motos son las que se pueden llevar con el A2?
. El límite  es de 35 kw o 47,6 CV, con una relación máxima entre potencia y peso de 0,2 kw/kg, lo que por ejemplo impide llevar una deportiva de 600 cc limitada a 34 CV, (caballos vapor) como antes, pues la potencia original no puede rebasar el doble de la nueva imposición.
¿Qué ejemplos hay?
En prácticamente todas las marcas, al menos en las más populares, hay modelos que aptos para llevar con el carné A2, o bien adaptables al mismo. Esta última limitación es, de paso,subsanable una vez el usuario cumple los requisitos para lograr la licencia A, de modo que cuando llegue el momento no tendrá que cambiar de moto necesariamente, pues bastará con eliminar la limitación.
Algunos de los múltiples ejemplos de motos con menos de 48 CV de origen (hasta 28 opciones) son los scooter Aprlia Scarabeo, Gilera Fuoco y Nexus, ambas 500, las Honda VTR 250 (naked), VT 750 Shadow 8 (custom) y SW-T400 (scooter), la Moto Guzzi Nevada 750 (custom), los Piaggio XEvo 400 y Beverly 400 y 500 (scooter), el Suzuki Burgman 400 (de nuevo Scooter) o la Yamaha T-Max 500 (un rapidísimo Scooter).
En cuanto a motos adaptables al carné A2 (hasta 70 opciones), pasan por todo tipo de posibilidades, como las Aprilia Pegaso 650 Strada y Enduro (trail), las BMW F 800 R (naked), F 800 S (deportiva) y F 800 ST (turismo), las Ducati Sport 1000 S (deportiva) y Multistrada 1100 (turismo), Harley-Davidson Sportster 883 Iron (custom), Honda XL 700 V Transalp (trail), Kawasaki VN 2000 (custom), Suzuki Bandit 650 (naked), Triumph Speedmaster (custom), Bonneville (naked) o Thruxton (turismo), Yamaha MT-03 (naked)…

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